Como se recordará por Decreto de Urgencia N° 026-2021 del 06 de marzo del 2021, el Gobierno dispuso la reprogramación para los Créditos Reactiva Perú, razón por la cual el 31 de marzo de 2021, se acaba de publicar la Resolución Ministerial 119-2021-EF/15, modificando el Reglamento Operativo del Programa Reactiva Perú, estableciendo que en la refinanciación las empresas mantendrán la misma tasa de interés obtenida al momento del otorgamiento del Crédito Reactiva Perú, más un máximo de 0.25% anual.
Requisitos para acceder a la reprogramación
Las empresas que soliciten la reprogramación de sus Créditos Reactiva Perú, deberán cumplir con los siguientes requisitos:
Monto del Préstamo | Requisito |
---|---|
Hasta S/ 90,000. | Ninguno |
Entre S/ 90,001 hasta S/ 750,000. | Demostrar una caída en el nivel de ventas mayor o igual al 10% en el cuarto trimestre del año 2020, con relación a similar periodo del año anterior. |
Entre 750,001 hasta S/ 5’000,000. | Demostrar una caída en el nivel de ventas mayor o igual al 20% en el cuarto trimestre del año 2020, con relación a similar periodo del año anterior. |
Nuevo periodo de gracia
Los refinanciamientos pueden tener entre 6 meses a 12 meses, como plazo adicional al periodo de gracia original.
Plazo máximo de refinanciación del Crédito Reactiva Perú
El plazo de reprogramación incluye un periodo de repago del capital de los créditos reprogramados de 24 meses, pero, de manera excepcional, se puede extender el periodo de repago del capital hasta 36 meses, con la condición de que las empresas deudoras acrediten una caída en el nivel de ventas mayor o igual al 20% en el cuarto trimestre del año 2020, con relación a similar periodo del año anterior.
En cuyo caso los créditos reprogramados no podrán exceder de 60 meses, incluyendo el nuevo periodo de gracia adicional que se otorgue.
Calificación crediticia
Acertadamente la Resolución Ministerial señala que el acogimiento a la reprogramación no genera deterioro de la calificación crediticia de las empresas en el sistema financiero.
Plazo para el acogimiento:
Las empresas pueden solicitar su acogimiento a la refinanciación hasta el 15 de julio de 2021.
ALDEA & GIRIBALDI | Abogados