(Enero 2021) Resultan importantes los últimos fallos emitidos por el Indecopi y el Tribunal Constitucional, pues ambos se pronuncian sobre los intereses moratorios. Uno relacionado a la legalidad de la tasa y el otro la suspensión del cálculo.
El Indecopi sanciona a diversas universidades peruanas por cobrar una tasa de interés moratorio superior al legal permitido (entre otras infracciones).
Por su parte, el Tribunal Constitucional declara que es inconstitucional que la SUNAT cobre intereses moratorios fuera del plazo legal que tiene el Tribunal Fiscal para resolver las impugnaciones de los contribuyentes (Caso Paramonga), que en este proceso había excedido en 4 años.
Es evidente que los cobros de intereses ilegales o inconstitucionales (por tasa o devengo), no se limitan a ser una práctica habitual en la Sunat y en las universidades, por ello es más importante aún que las demás entidades acreedoras revisen la legitimidad de sus cobros de intereses.
Para acceder a los casos de las universidades:
Para acceder a la Sentencia del Tribunal Constitucional N° 998-2020 (Exp. 02051-216-PA/TC):
https://tc.gob.pe/jurisprudencia/2020/02051-2016-AA.pdf
ALDEA & GIRIBALDI Abogados