Mediante la Resolución de Superintendencia N° 00204-2023/SUNAT, publicada en el diario oficial El Peruano el 30 de setiembre de 2023, la SUNAT ha dispuesto postergar, del período octubre de 2023 al período enero de 2024, la obligación a partir de la cual las empresas deben llevar el Registro de Ventas e Ingresos y el Registro de Compras a través del Sistema Integrado de Registros Electrónicos (SIRE), salvo que éstas se encuentren comprendidas en el Régimen Especial del Impuesto a la Renta o el Régimen Mype Tributario y tengan la obligación de usar el SLE-PLE y el SLE-Portal.
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