La SBS podrá levantar el Secreto Bancario y la Reserva Tributaria

Se ha reformado el Artículo 2° de la Constitución, mediante la Ley 31507, publicada el 03 de julio de 2022, por el cual se permite que el Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS), pueda levantar el secretario bancario y la reserva tributaria, para los fines específicos de la inteligencia financiera.

Lo que en buena cuenta significa que la SBS, a cargo de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF), podrá, a partir de la fecha, solicitar directamente a los bancos y a la Administración Tributaria el levantamiento del secreto bancario y la reserva tributaria sin necesidad de autorización previa judicial, como lo era recientemente.

Esta facultad también está autorizada para el Contralor General de la República, los jueces, el Fiscal de la Nación y una comisión investigadora del Congreso de la República.

Se puede revisar el texto de la Ley 31507, publicada en el Diario Oficial El Peruano, en el siguiente enlace:

https://busquedas.elperuano.pe/normaslegales/ley-de-reforma-constitucional-que-fortalece-la-lucha-anticor-ley-n-31507-2082628-2/

ALDEA & GIRIBALDI | Abogados

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